México: “Tomamos como parámetro las legislaciones actuales de Nevada, Chile, Argentina y Perú”
(México).- En una entrevista publicada por el medio gráfico Casino Enterprise Management, el Diputado Armando García Méndez brindó detalles sobre la elaboración del nuevo proyecto de ley que regirá los juegos de azar en México. García Méndez se desempeña en la actualidad como coordinador del Comité Federal de Juegos y Sorteos, entidad que se propone reemplazar la antigua ley que data de 1947.
El Diputado mexicano Armando García Méndez, coordinador del Comité Federal de Juegos y Sorteos, reafirmó la necesidad de plasmar una legislación moderna que atraiga inversiones locales e internacionales, genere empleos y se equipare a los más altos estándares de calidad en el mundo.
“Tomamos como parámetro las legislaciones actuales de Nevada – Estados Unidos -, Chile, Argentina y Perú”, señaló el funcionario. “Una de las claves del nuevo proyecto es que tanto las municipalidades como los estados provinciales pueden sentar su posición sobre los permisos a emitir. Anteriormente, esto era sólo facultad del Ministerio del Interior de acuerdo a su criterio”.
De acuerdo al borrador, la Comisión de Juegos y Sorteos estará formada por una junta de comisionado que agrupará a los sectores del Turismo, Interior, Tesoro, Seguridad Pública, más cinco personalidades de buena moral, que serán designadas por el Presidente y aprobadas por el Senado. En cuanto a los Impuestos, los mismos serán compartidos entre municipalidades y estado.
“Queremos que los jugadores participen en un ambiente controlado; todas las propuestas deberán contar con su apropiada verificación, bajo la ley Federal contra el Crimen Organizado. El proyecto de ley incluye requerimientos mínimos a tener en cuenta para solicitar la apertura de una sala de juegos, así como estándares de equipamiento, instalaciones y accesorios”, afirmó García Méndez. Sobre Internet, el diputado aseveró que las redes cerradas sí están permitidas, pero no las apuestas vía Internet.
Fuente: SOLOAZAR.COM.AR